Comunidad de vecinos con piso turístico

En los últimos años se ha comprobado como una nueva forma de turismo, especialmente en las principales ciudades y capitales, así como en los destinos turísticos más populares en verano, ha surgido para optar preferentemente por pisos turísticos frente a las típicas estancias en hoteles o hostales, que hasta el momento acaparaban gran parte de la oferta de alojamiento del mercado. Ante esta situación, muchos particulares se han animado a ofrecer sus viviendas en propiedad como pisos turísticos durante unos días. Muchos desconocen los procedimientos y permisos que deben tomar para comunicar esta actividad en sus comunidades de propietarios.

Paralelamente, estos pisos turísticos han florecido de manera tan rápida, que ha cogido por sorpresa a muchas comunidades de vecinos, que desconocen aún hoy en día las herramientas y procedimientos disponibles para lidiar con esta nueva figura de alquiler. Tanto los particulares que destinan al alquiler sus pisos, como las comunidades de vecinos, deben ponerse al día acerca de la legislación que hay actualmente sobre el tema.

¿Cómo comunicar a la comunidad de propietarios para piso turístico?

Uno de los principales temores de muchos propietarios que quieren alquilar sus viviendas unos días como piso turístico, es el de que su comunidad de vecinos lo pueda prohibir. Desde finales de enero de este año, las comunidades de propietarios ya no pueden limitar o condicionar la actividad de alquiler turístico en pisos, mediante el acuerdo favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios.

El propietario que quiera destinar su vivienda como piso turístico, deberá consultar previamente las normas comunitarias. Estas son la escritura de división horizontal o el título constitutivo de la propiedad, así como los estatutos de la comunidad de propietarios para comprobar si está permitido, o no, el alquiler turístico. Si los estatutos lo recoge, no hace falta pedir permiso a la comunidad de propietarios, salvo que posteriormente se acuerde por mayoría prohibir este tipo de alquiler en la finca.

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Es conveniente revisar para cada comunidad autónoma la legislación vigente, ya que salvo en Cataluña “se requiere al menos el 80% de los vecinos”, en el resto de España se requiere la unanimidad de los vecinos para prohibir este uso. De este modo, en comunidades como Andalucía y en una de sus ciudades más turísticas, Marbella, el uso de pisos turísticos cobra especial importancia. Para estos casos, es conveniente contar con un administrador de fincas en Marbella, que puede conocer en todo momento los procedimientos, autorización y legislación vigente para el uso de piso turístico de un inmueble.

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